El Decreto 672-26 establece que determinados procesos de compras públicas destinados a programas sociales, alimentación, vestimenta, insumos escolares y salubridad deberán dirigirse a micro, pequeñas y medianas industrias. Las empresas tendrán que cumplir varios requisitos para participar.
SANTO DOMINGO.– Las micro, pequeñas y medianas industrias dominicanas tendrán acceso exclusivo a determinados procedimientos de contratación pública relacionados con programas sociales y de asistencia del Estado.
La medida está contenida en el Decreto 672-26, emitido por el Poder Ejecutivo, que establece nuevas disposiciones para las adquisiciones destinadas a programas de alivio a la pobreza, alimentación, vestimenta, insumos escolares y salubridad social.
La normativa busca vincular una parte de la demanda generada por las instituciones públicas con la producción industrial dominicana.
Pero no todas las mipymes podrán participar automáticamente.
Las empresas interesadas deberán acreditar su condición de mipyme industrial y cumplir con los registros exigidos para convertirse en proveedoras del Estado.
¿QUÉ COMPRAS ESTARÁN RESERVADAS?
El Decreto 672-26 dispone que los procedimientos de contratación pública correspondientes a determinados programas especiales de asistencia deberán dirigirse a mipymes industriales.
La medida comprende adquisiciones relacionadas con áreas como:
- Alimentación.
- Vestimenta.
- Insumos escolares.
- Programas de alivio a la pobreza.
- Salubridad social.
- Otros programas especiales de asistencia contemplados por la normativa.
Los bienes y servicios correspondientes deberán cumplir las condiciones de origen y manufactura dominicana establecidas en el decreto.
¿QUÉ NECESITA UNA MIPYME PARA PARTICIPAR?
Una empresa no podrá participar únicamente por identificarse como pequeña o mediana industria.
De acuerdo con las disposiciones anunciadas, deberá contar con las acreditaciones correspondientes.
Entre ellas figuran:
- Registro Industrial emitido por Proindustria.
- Certificación Mipymes o Mipymes Mujer otorgada por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM).
- Inscripción vigente en el Registro de Proveedores del Estado (RPE).
Estos requisitos permiten acreditar tanto la condición de empresa industrial como su habilitación para participar en procesos de contratación pública.
¿CUÁLES INSTITUCIONES ESTÁN INCLUIDAS?
La disposición alcanza instituciones públicas vinculadas con programas sociales, educativos, sanitarios y de asistencia.
Entre las entidades mencionadas se encuentran el Ministerio de Educación, el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), el Servicio Nacional de Salud (SNS), Supérate, Promese/CAL, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones, además de otras dependencias comprendidas por la normativa.
Para las mipymes industriales, esto podría representar oportunidades de participar en procesos vinculados con productos utilizados por programas de amplio alcance.
PRODUCTOS DE ORIGEN Y MANUFACTURA DOMINICANA
Uno de los componentes centrales del decreto es la vinculación entre las compras públicas y la producción nacional.
Los procedimientos contemplados deberán orientarse hacia bienes y servicios que cumplan con los criterios establecidos de origen y manufactura dominicana.
La normativa también busca evitar mecanismos de intermediación no autorizados, de manera que las empresas participantes correspondan efectivamente al sector industrial acreditado.
UN PLAZO DE CUATRO MESES
El Decreto 672-26 y disposiciones oficiales establece un plazo no mayor de cuatro meses para que el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes realice un levantamiento de los bienes y servicios que puede ofrecer el sector industrial nacional.
Ese inventario permitirá conocer qué productos tienen capacidad de ser suministrados por fabricantes dominicanos y facilitar su articulación con las necesidades de las instituciones públicas.
También se instruye a Proindustria a modernizar y digitalizar el Registro Industrial.
El objetivo es mejorar la trazabilidad de la oferta industrial y facilitar la interoperabilidad de sus registros con el sistema de contrataciones públicas.
MICM Y CONTRATACIONES PÚBLICAS DARÁN SEGUIMIENTO
La normativa contempla además la creación de una Mesa de Articulación Interinstitucional entre el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Esta instancia tendrá funciones relacionadas con el seguimiento de la implementación, la coordinación de la oferta productiva y el cumplimiento de las disposiciones establecidas.
¿QUÉ DEBE HACER UNA MIPYME INTERESADA?
Para una pequeña industria interesada en convertirse en proveedora del Estado, el primer paso será verificar que cuenta con las acreditaciones requeridas.
Esto incluye revisar la vigencia del Registro Industrial, obtener o actualizar la certificación correspondiente como mipyme y comprobar su inscripción en el Registro de Proveedores del Estado.
También será importante dar seguimiento a los procedimientos publicados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y a las orientaciones que emitan el MICM, Proindustria y la Dirección General de Contrataciones Públicas durante la implementación del Decreto 672-26.
sección para mipymes de Contrataciones Públicas
La medida no garantiza automáticamente contratos para cada empresa registrada: las mipymes deberán cumplir las condiciones de los procedimientos correspondientes y competir conforme a las reglas aplicables.
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